ORTO Y OCASO DE LAS SALINAS DE FILIQUE

La sal empleada además de como condimento y conservante de carnes y pescados, como complemento de la alimentación del ganado lanar y caprino, la sal era objeto de un activo comercio. La documentación registra la existencia de salinas en el litoral Mediterráneo y Atlántico, pero también había salinas de interior o eras de sal, aprovechando la existencia de pozos de agua salada como los de Espejo, La Maláha, Baeza o Alcalá la Real.

La explotación de las salinas había sido desde antiguo uno de los principales monopolios de la Corona. Sin embargo, en Andalucía habían sido cedidas por los reyes a los concejos y a particulares, si bien, estos últimos tenían la obligación de no poder vender sal hasta que los vecinos de la ciudad estuviesen debidamente abastecidos.

En Castillo de Locubín existieron unas salinas llamadas de Filique, su origen viene dado por la propia estructura de los materiales que componen los suelos, ocupando la campiña que recorre el río Guadalbullón y otros de la margen izquierda del Guadalquivir que, al salvar vertientes pronunciadas, han abarrancado sus aguas dejando al descubierto materiales secundarios de tipo salino que constituyen parte del roquedo de la campiña. A esto se debe la existencia de numerosos arroyos salobres. Se trata, pues, de cursos salados de agua que discurren por varios puntos del amplio territorio que comprendía el concejo, siendo aprovechados para la extracción de sal por el sistema de evaporación de las aguas en depósitos de poca profundidad y mucha extensión, fabricados al margen de los cauces, en zonas soleadas al cobijo de vientos, lo que, junto con el clima favorable de escasas lluvias y moderadas temperaturas medias anuales, favorecía la extracción de sal a bajo costo.

Hay que señalar que la producción salinera no requiere de una técnica muy depurada. En realidad en sus fases más primitivas se trata de una simple recolección. En la Edad Media la condición fronteriza de Alcalá la Real, debió pesar considerablemente en sus actividades, incluidas las relacionadas con la sal. En realidad, aparte de un comercio de corto o medio radio, la ganadería debió aprovecharse de las salinas castilleras. Los textos ponen de manifiesto la importancia de las salinas, en unos momentos en que el Estado se esta configurando como el propio de una sociedad capitalista.

Por lo que respecta a la técnica de la extracción de la sal, a falta de un estudio arqueológico riguroso, podemos afirmar que era doble; por un lado las marmotas formadas entre las piedras de los manantiales, eran arrancadas con picos; de otro, las aguas saladas se recogían en una alberca, denominada calentador, en donde estaban unos 8 días, hasta que pasaba a diferentes albercas, en donde tardaba en conseguirse la sal 10 días con tiempo propicio, o en caso de que no lo fuese, de 15 a 20 días. Durante ese tiempo, se iba peinando la sal, es decir, amontonándola en el centro de cada estanque. Luego, se sacaba al secadero, en donde se apretaba con piedras, para que perdiese humedad y obtuviese un color blanquecino y un olor agradable.

Para dar salida al producto se hacía a través de los caminos y veredas de épocas remotas, como suele ser habitual en este tipo de antiguas vías de comunicación, camino arriero y vía pecuaria tenían un mismo trazado. En el pasado la Sierra Sur dependía de una economía en gran parte ganadera, completada con la fértil agricultura de regadío en las zonas cercanas a ríos, arroyos y fuentes. La explotación no era directa sino por el sistema de arrendamiento, ya generalizado en las salinas castellanas a partir del siglo XII. A cambio de una renta anual, la explotación y mantenimiento de las salinas corría a cargo de los arrendatarios. De este modo se aseguraba el beneficio al propietario y a la vez se desprendía de los problemas de explotación, comercialización y transporte.

Las salinas de Filique eran bienes de propios, se trata de bienes por lo general inmuebles, que pasaban a ser propiedad del concejo municipal y que no estaban asignados al uso colectivo de los vecinos, sino a producir a través de su explotación unas determinadas rentas, aunque no aparecen en las fuentes designados como tales hasta el siglo XIV tienen un origen muy anterior. Por lo que se refiere al destino final de las rentas obtenidas de la explotación de estos bienes, en varias disposiciones de nuestro derecho histórico se compele a las autoridades locales a que los maravedís de las rentas de propios solamente se gasten en cosa de provecho común, con obligación de no gastarlos en fiestas ni alegrías, ni en comidas ni en bebidas, ni en otras cosas no necesarias al bien común de la dicha ciudad villa, bajo pena de que si lo gastaren o libraren como no deben, que lo paguen de sus bienes.

Estas salinas dejaron huella en el reportero gráfico Pier María Baldi, en la expedición que Cosme III de Médicis hizo por España y Portugal entre septiembre de 1668 y octubre de 1669, el nobile toscano se embarcó para realizar un asombroso viaje por España y Portugal, relatado por varios de sus acompañantes y fijado en la memoria con 129 acuarelas realizadas por el pintor barroco y arquitecto Pier Maria Baldi, que hizo de reportero gráfico de la expedición. Baldi era un arquitecto y pintor sin brillo ni importancia que ha pasado a la historia del arte gracias a las acuarelas que realizó durante el viaje. El texto es de Lorenzo Magalotti que dice: Partió su alteza el 15 (de diciembre de 1668) al amanecer tras oir misa, pues iba a ser una jornada muy larga, y fue a refrescarse al Cortijo del Salitral, a cinco leguas de Castro. Hasta Baeza, que hay dos leguas …

Traemos en esta ocasión lo contenido en el libro de Actas del Archivo alcalaíno en acta de 3 de mayo de 1856, en la que se nos hace un breve resumen del devenir de las salinas castilleras tras la independencia de Castillo de Locubín de Alcalá la Real en 1836.

A los 20 años del hecho el alcalde constitucional de Castillo se dirige al Gobierno Civil de la provincia, solicitando que tras la división de términos el caudal de propios de las minas de Filique le habían sido adjudicadas a Castillo, y por falta de documentos no habían podido hacer los pagos que ahora les reclamaba la Hacienda, un monto de 1.210 escudos que debido a que la salina esta inutilizada han debido hacer efectivos de la Depositaría de Fondos Municipales.

Quince días más tarde de este escrito se recibe en Alcalá una comunicación que hace el Gobierno Civil de la Provincia sobre la Real Ejecutoria ganada por Alcalá en 1649 a Diego Mendez Enriquez, arrendador que fue de las salinas de Andalucía, no solo de las marítimas, sino también de las de tierra adentro. El año 1636 no se fabricó sal para surtir al vecindario castillero y alcalaíno, así como a otros lugares del entorno. Por ello no se realizó el pago de 1.210 reales anuales que el arrendador de la sal ha de efectuar a la Real Hacienda, pago que se venía realizando desde que las salinas empezaron a pertenecer a la Corona en 1631, por Real Cédula de 3 de enero de ese mismo año, y cuyos puntos más interesantes son:

En primer lugar el Real Privilegio de Cesión que que los señores Alfonso el Onceno hizo a la ciudad del pueblo de Locubín y su Castillo y su término y todo cuanto contenía exceptuando unicamente el molino que quedase por la retención del Castillo, y cuyo privilegio hecho en Burgos 12 de mayo 1383, se funda la propiedad de las salinas.

En segundo lugar la sentencia que de vista que es de dicho pleito dio el Consejo y Contaduría Mayor de Hacienda en 21 de agosto de 1643 de que el dicho Diego Mendez Enriquez pagase a la ciudad los referidos 1.210 reales de renta anual que le correspondía por la propiedad de la Salina de Filique que reclamaba con más el perjuicio que sufrió el vecindario por haversele surtido de sal los puntos más distantes que el de Filique pagando el consiguiente aumento del precio de las condiciones y así mismo los gastos del pleito.

En tercer lugar la sentencia de revista dada por el mismo Consejo en 20 de julio de 1647 confirmando lo de vista en todas sus partes con la particularidad de que uno de los alegatos a la parte contraria era el de no haber presentado la ciudad el título original de la salina y prueba que lo era el que obraba en los autos, puesto que el Consejo desestimó el alegato y confirmó o ratificó la providencia. El dicho título es privilegio de cesión del pueblo de Locubín, su Castillo y su término, el cual integró con su confirmación y demás requisitos obra copiado en la ejecutoria de que se trata. Estos son los antecedentes que tiene la ciudad a cerca de la Salina de Filique y que debieron darse testimoniados cuando no originales al pueblo del Castillo al tiempo de la emancipación y cuando la salina le fue consignada en su caudal de propios.

Recapitulemos, las salinas se trata de un patrimonio concejil en el que la corona no monopoliza su explotación ya que Alcalá había conseguido un privilegio por el que Alfonso XI dona el término de Castillo de Locubín a Alcalá en donde van incluidas las salinas. La explotación no era directa sino por el sistema de arrendamiento, a este se accedía por el sistema de puja en pública subasta, adjudicándose el contrato a quienes ofrecieran más cantidad, los encargados de la explotación, por cinco años para las salinas, eran, vecinos del territorio. Hay que suponer que si la explotación se efectuó por arrendamiento, correría a cargo de los salineros el transporte e incluso la comercialización, de la que nada se puede decir por la carencia de noticias. Sobre el transporte se sabe que la sal servida a los miembros del cabildo, como pago de parte de la renta anual, había de ser puesta en sus casas. Medios de acarreo aunque no se especifican, por el emplazamiento de las fuentes de extracción, pudiera colegirse su traslado a lomos de animal como vemos en la acuarela de Baldi.

En España, entre las rentas estancadas se hallaban la de la sal, o de salinas. La venta de sal estaba absolutamente prohibida en los lugares en que se producía. Los particulares no podían importarla del extranjero, ni tampoco revender la adquirida y no consumida. La reglamentación de las salinas tuvo que esperar hasta el 1338 con el ordenamiento de Alfonso XI determinando finalmente la propiedad de estas, las diferentes medidas de extracción, los diferentes puntos con los que podía

comerciar, que sal podía entrar en cada territorio en lo llamado como el primer estanco de la sal, que posteriormente sentó las bases para el tan famoso estanco de la sal de Felipe II, y finalmente una cuota de consumo sobre esta. Además de ello, también promovió leyes sobre los alfolíes y el precio de las fanegas, los cuales solían costar entre 4,5 y 6 maravedíes cada una. La sal fue tan importante que sería objeto de tasas e impuestos por parte de la corona con el fin de beneficiarse de su importancia, y además obtener un control de su proceso de extracción y comercialización. El impuesto más importante fue la gabela de la sal. A pesar de ello, no solo se gravaba la propia

sal, sino que también se gravaban productos en los que era necesario la sal para su producción, como por ejemplo la manteca de cerdo o los propios pescados. La sal, a pesar de aparecer en muchas medidas legales, no fue incluida en el pago de los diezmos por ser un bien de la hacienda real.

El estanco de la sal comenzó en la Edad Media y se mantuvo sin interrupción hasta muy avanzado el siglo XIX. Mientras que pervivió el estanco, la producción de sal podía estar en manos privadas pero en la consideración de que se trataba de una concesión gubernativa a favor de los particulares, los cuales explotaban en el dominio público salinas, minas y pozos. Sin embargo, la comercialización permanecía en las exclusivas manos del Estado, que no permitía aprovisionarse del género fuera de los reales alfolíes o almacenes de la sal y toldos o tienda de venta de la sal al por menor, establecidos por la Hacienda.

En un legajo custodiado en el Archivo Municipal alcalaíno encontramos una serie de documentos referentes al pago desde las salinas de Alcalá al Muelle de Málaga. A lo largo del siglo XVI fueron varios los informes redactados apoyando la construcción de un abrigo para los buques que llegaban a Málaga. En 1526, el visitador Ramiro Núñez de Guzmán informó al rey de que a esta ciudad … fáltale un muelle, del cual hay algún principio, y con poca costa se podría hacer…

En el legajo alcalaíno podemos leer: La ciudad tiene consignado en la renta de las salinas la paga del muelle y el salario del preceptor de gramática, y porque está aquí un alguacil con 500 maravedíes, será para mí un gran gusto y lo recivirá la ciudad en que acuerda de lo que se cumple por la ciudad se den doze mil maravedíes y quedaré muy agradecido del cuidiado que V.M. a de tomar… Fechado en 1609 y firmado por Francisco Toreda continúa informando que los 12.000 maravedíes se entreguen al mayordomo de propios para pagar el muelle de Málaga.

En la misma pieza documental nos encontramos otros recibos de haber entregado dinero para las obras del muelle, y todas procedentes de las salinas de Filique. Como el recibí fechado en 24 de diciembre de 1609 en el que Gabriel Díaz, alcalde de la villa de Castillo de Locubín, que entrega a Francisco Alonso vecino de Alcalá la Real, 1.000 maravedíes que recibe Gabriel Díaz. O la carta que escribe el corregidor Fernando de Ágreda y Cristóbal Méndez, comisario, para que se den 12.000 maravedíes para las obras del muelle de Málaga.

Las salinas de Filique supusieron un hito en la economía castillera, tan es así que los viajeros de épocas remotas dejaron bellos retratos de ellas. La sal elemento trascendental en las personas y animales contó con un remanso de producción en Castillo de Locubín del que solo quedan vestigios de un pasado glorioso.